La Ley de Protección de Datos aún “no se aplica al 100%” en España
El subdirector general adjunto del Registro de Ficheros y Sistemas de Información de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Ángel Igualada, asegura que la Ley de Protección de Datos “no se aplica al cien por cien ni tan siquiera en las empresas públicas, pero sí existe un grado de percepción cada vez mayor respecto al cumplimento”.
Igualada, que también es uno de los expertos nacionales en ese tema, intervino en una jornada sobre el reglamento que complementa esa ley a partir del 19 de abril, evento que fue organizado por CajaCanarias.
En su opinión, el nuevo reglamento complementa la ley actual y añade normativas que no estaban recogidas previamente. Considera que, en general, es un buen reglamento, “aunque aún hay puntos conflictivos, que se verá cómo se resuelven, una vez que entre en vigor”.
Al respecto, Igualada añade que el nuevo reglamento dota de mayor seguridad jurídica la protección de datos, al mismo tiempo que regula de forma definida la protección de los ficheros personales no automatizados.
Más seguridad jurídica
Por otra parte, introduce la necesidad de dar formación al personal que está encargado del mantenimiento de los ficheros, “algo realmente importante porque es la única manera de que el ciudadano pueda contar siempre con un buen servicio cuando reclama cualquier tipo de información”.
Otra novedad que se aplicará con el nuevo reglamento es el derecho de oposición, que significa que una empresa tiene, a partir de ahora, la obligación de informar a un ciudadano que está en su base de datos y, en la información que se le envía, y debe añadir una casilla no predeterminada en la que la persona tenga la posibilidad de negar su consentimiento.
Además, señala Igualada, “ya no vale el consentimiento general, sino que el derecho de oposición debe ser sectorializado”. Por ejemplo, explica el experto, si una empresa trabaja en varios sectores económicos, debe añadir una casilla por cada área de actividad.
Pero el reglamento también tiene desventajas. “En general, el nuevo reglamento me parece bueno, pero es verdad que hay ámbitos oscuros y de difícil interpretación, cuya validez o no se verá hasta el desarrollo de la norma”, apunta.
Para Igualada, es de “poca utilidad” la diversificación que se hace a partir de ahora del nivel de seguridad de un archivo.
Antes, explica el experto, se consideraba el nivel de seguridad alto, medio o básico, en función de los datos del mismo. En cambio, “ahora este nivel se va a regular en función de los tipos de datos, quién es el responsable y de la finalidad del tratamiento, por lo que se baja el nivel de protección de forma innecesaria y se pierde la figura de dato especialmente protegido”.
Otra cuestión que puede ser “conflictiva” es la posibilidad de que un fichero pueda tener varios responsables, algo que “es innecesario”, añade el experto.
Fuente: www.eldia.es
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